REPRO II – Sueldos Junio/2021.
Estimados Asociados,
El 23 de junio pasado, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicó en el Boletín Oficial la Resolución (MTESS) 344/2021, por medio de la cual se informó la apertura de la inscripción en el PROGRAMA REPRO II, desde el 25/06/2021 al 01/07/2021, para solicitar el subsidio a los fines del pago de los haberes devengados en el mes de Junio/2021.
Por su parte, se establecen las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas (que incluye al sector de salud), de acuerdo con el siguiente detalle: a) Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): mayo de 2019 y mayo de 2021; b) Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019; c) Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021; d) Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de junio inclusive; e) Corte de actualización CBU: 22 de junio inclusive.
Una vez terminada la inscripción, las pautas finales para el otorgamiento (selección) serán definidas por el COMITE DE EVALUACION Y MONITOREO DEL PROGRAMA REPRO II.
Como siempre recordamos, el Sector Salud tiene la posibilidad de acceder al máximo del subsidio por empleado por mes ($22.000), otorgado por el Gobierno. Además, tiene requisitos menos exigentes sobre el comparativo de facturación que otros sectores de la economía y en consecuencia, es relevante que las empresas asociadas que tengan dificultades financieras para el pago del sueldo del mes de junio (y del medio aguinaldo), consideren la alternativa del subsidio, más allá de las eventuales restricciones futuras a la distribución de utilidades.
Quedamos a disposición para las consultas que sean pertinentes y saludamos muy cordialmente.
CADEID